imv.afectados 28/04/2024 - 10:11:13 |
URGE LA REFORMA DEL INGRESO MÍNIMO VITAL 30 MEDIDAS PARA SU MEJORA
En tanto que colectivos sociales implicados en el apoyo mutuo vecinal para el Ingreso Mínimo Vital (IMV), el 1/4/2024 registramos la entrega para la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y para el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, de un documento de diez páginas que evalúa la normativa y gestión de esa prestación desde su entrada en vigor el 1/6/2020 y sugiere reformas necesarias.
El IMV no ha cumplido los objetivos cuantitativos y cualitativos asignados:
Los requisitos exigidos son restrictivos para las franjas de población empobrecida más precarias.
La normativa y los procedimientos de solicitud son muy complicados.
Los procedimientos de gestión utilizados son arbitrarios, lentos y oscurantistas.
Constatamos un avance parcial reciente: por primera vez en casi cuatro años el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha hecho público el número de prestaciones de IMV básico que se están pagando (376.073 en febrero 2024, muy lejos del objetivo de 800.000), pero:
Una gran mayoría de quienes lo necesitan no lo han solicitado
Muchas de las solicitudes son denegadas (dos tercios de ellas en 2022, según AIReF)
Es fácil perder el IMV aunque se mantenga la vulnerabilidad económica (por otros requisitos).
Las familias que lo conservan sienten estar en una "montaña rusa" en la que pueden descarrilar. El Cuaderno de quejas presentado a ambos ministerios sugiere 30 medidas para una reforma urgente de la Ley 19/2021 y del RD 789/2022, así como para el abandono de ciertas interpretaciones arbitrarias del INSS y para la mejora de los procedimientos de gestión.
Regulación del complemento de vivienda paralizado desde junio de 2020;
Supresión de los condicionantes de excepción impuestos exclusivamente a determinadas franjas de población: personas que comparten piso porque no pueden permitirse otra solución habitacional, o menores de 30 años (con tasas de desempleo y pobreza altísimas).
Punto final a las suspensiones del pago del IMV debidas a que otras administraciones públicas no renuevan anualmente de oficio ciertas acreditaciones pese a que les obliga la Ley 19/2021.
Revisión del procedimiento de determinación de cuantía y/o revisión anual, para evitar que un porcentaje altísimo de las familias beneficiarias cobre cuantías erróneas durante al menos diez u once meses cada año, enfrentándose luego a exigencias de devolución de cientos o miles de euros.
Normalización, al modo de las rentas mínimas en las comunidades autónomas, de los ajustes a realizar si en una familia se produce la entrada o salida de algún miembro, lo que actualmente produce graves anomalías en la gestión del IMV sin base legal para ello.
Revisión de la exclusión total del acceso al IMV que padecen las familias en las que un miembro no tiene residencia legal en España o la tiene desde hace menos de un año.
Modificación de la interpretación arbitraria y a-legal que el INSS hace sobre las condiciones de acceso a la Ayuda para la Infancia para familias que no tienen derecho al IMV básico;
Revisión de los ingresos considerados no-computables a efectos de IMV, impidiendo que prestaciones como el bono térmico o el bono joven se descuenten del IMV a percibir en el año siguiente, así como abandono de la interpretación injustificada de la Ley 19/2021 por la que a algunas familias se les descuenta del IMV una parte -hasta unos siete mil euros- del IMV cobrado en el año anterior.
Detección por el INSS, en colaboración con otras entidades públicas, de núcleos susceptibles de ser beneficiarios de IMV, para informarles de ello y explicarles de forma comprensible los pasos a dar, pero sin cometer los errores ocurridos con el ya caducado Ingreso Mínimo Vital Transitorio...
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