Los vehículos de personas afectadas por dolencia de Crohn y Colitis Ulcerosa
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza reguladora del aparcamiento en vías urbanas término de Manacor: Las sanciones
Ordenanza son objeto de las sanciones siguientes: a) Las infracciones leves se sancionan con una multa de 60 €. ​​​​​​b) Las infracciones graves se sancionan con una multa de 150 € y la retirada del título habilitante.
AGENCIA MANACORNOTICIAS 06/09/2021 - 08:40:50
Las denuncias por haber excedido el tiempo máximo señalado en el título habilitante del aparcamiento que consta en el artículo 7 de esta Ordenanza, pueden ser anuladas mediante la obtención del billete correspondiente

Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza reguladora del aparcamiento en vías urbanas del término de Manacor. El objeto de esta Ordenanza es establecer las normas que regulen el servicio público municipal del estacionamiento de vehículos por calles y plazas del término municipal de Manacor.

Este servicio público municipal pretende regular los espacios de aparcamiento en superficie disponibles en este término municipal, y fijar los tiempos máximos de permanencia para conseguir una rotación de vehículos que mejore el uso de un bien escaso como es el espacio de aparcamientos. A efectos de la aplicación de esta Ordenanza se consideran sinónimos los términos estacionamiento y aparcamiento.

El Ayuntamiento puede inmovilizar y/o trasladar un vehículo al depósito municipal en el caso que un vehículo permanezca estacionado en lugares habilitados como de estacionamiento con limitación horaria

A todos los efectos el Ayuntamiento de Manacor puede señalar las áreas limitadas por perímetros, los días y las horas en qué sea limitado el tiempo de estacionamiento para los vehículos que estén sometidos a la mencionada limitación. El ámbito de aplicación del servicio de estacionamiento es a determinados calles y plazas del término municipal. Hay que determinar mediante una resolución de la alcaldía las calles y plazas en que se tiene que aplicar la Ordenanza y posarlo en conocimiento de las personas usuarias.

No están sujetos a esta Ordenanza: a) Los vehículos de la Policía Nacional, la Guardia Civil y la Policía Local. b) Los vehículos de la Brigada Municipal de Obras, los vehículos de bomberos, las ambulancias y similares, y otros vehículos municipales previamente autorizados. c) Los vehículos de las personas con movilidad reducida debidamente identificados y con la correspondiente autorización especial para aparcar. d) Los auto-taxis y otros vehículos de servicio público de viajeros, siempre que el conductor esté presente. e) Cualquier vehículo con conductor presente durante un máximo de quince minutos en los lugares habilitados como aparcamiento.

El Ayuntamiento tiene que crear lugares concretos de estacionamiento para la concesión de permisos especiales y singulares, y de estacionamiento de motocicletas, ciclomotores y bicicletas en lugares próximos a los estacionamiento de vehículos de cuatro ruedas. Sanciones. Las infracciones previstas en esta Ordenanza son objeto de las sanciones siguientes: a) Las infracciones leves se sancionan con una multa de 60 €. ​​​​​​b) Las infracciones graves se sancionan con una multa de 150 € y la retirada del título habilitante.

El Ayuntamiento puede inmovilizar y/o trasladar un vehículo al depósito municipal en el caso que un vehículo permanezca estacionado en lugares habilitados como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza o sin obtener la autorización digital, o cuando se sobrepase el triple del tiempo abonado conforme al que establece la Ordenanza municipal.

Artículo 24. Las denuncias por haber excedido el tiempo máximo señalado en el título habilitante del aparcamiento que consta en el artículo 7 de esta Ordenanza, pueden ser anuladas mediante la obtención del billete correspondiente de la máquina expendedora, o mediante la acreditación digital, sin que la dicha obtención autorice para continuar estacionado al mismo lugar si se supera el tiempo máximo previsto en el artículo 9 de esta Ordenanza. Se procede igual en las denuncias por haber aparcado en un lugar sujeto al aparcamiento regulado en el artículo 12 de esta Ordenanza, sin obtener el título preceptivo.

Artículo 25. Porque la anulación de la denuncia indicada en el artículo 24 tenga efecto, hace falta que no hayan transcurridos treinta minutos desde la emisión de la denuncia; y se tiene que entregar el billete de estacionamiento a que se refiere el artículo 24 al controlador o controladora de zona o depositar lo en el buzón situado a tal efecto en cualquier máquina expendedora de los mencionados billetes.

Artículo 26. Procedimiento sancionador. El régimen de las infracciones y sanciones, medidas cautelares, responsabilidad,procedimiento sancionador y recursos, en todo aquello que no regula esta Ordenanza, es el que establece la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial y los reglamentos que la despliegan.

Disposición adicional. En el supuesto de que el articulado de esta Ordenanza entre en conflicto con la Ordenanza reguladora sobre el uso de las vías ubicadas dentro de una zona de prioridad residencial,prevalece esta última.

Disposición transitoria. Los vehículos eléctricos quedan exentos de la aplicación de esta Ordenanza durante la vigencia del convenio MELIB, que actualmente es hasta el 31 de diciembre de 2025,siempre que lleven el correspondiente distintivo.

Los vehículos de las personas afectadas por la dolencia de Crohn y Colitis Ulcerosa o similar quedan exentos de la aplicación de esta Ordenanza, siempre que dispongan del correspondiente distintivo expedido por el Ayuntamiento de Manacor, y por un plazo máximo de 60 minutos.

Disposición final. Esta Ordenanza entra en vigor el día hábil siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOIB, aprobado definitivamente, o del texto provisional elevado automáticamente a la categoría de definitivo de acuerdo con el artículo 70.2 de la Ley reguladora de las bases del régimen local.». Manacor, fecha de firma electrónica (31 de agosto de 2021). El alcalde, Miquel Oliver Gomila.

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toni
tot se soluciona en sancions, s'asunto es fer caixa empleand qualsevol recurs, quina poca capacitat tenen els nostres politics, en lloc de solucionar problemes. sancions, no se a on arribarem, en lloc de dotar mes aparcaments, sancions
pedro
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