Aprobación inicial exp. modific. presupuestaria CE y SC 03/2026.
Modificación presupuestaria en Manacor hay 15 días hábiles desde hoy sábado 1 de agosto para presentar reclamaciones y observaciones ante el Pleno del Ayuntamiento, registro general local
Las personas legítimamente interesadas, según lo dispuesto en el artículo 170 del Real Decreto 2/2004 citado, y por los motivos enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones
AGENCIA MANACORNOTICIAS 01/08/2026 - 14:22:24
Ley Reguladora de las Haciendas Locales. (Firmado electrónicamente: 30 de julio de 2026). La delegada especial de Promoción Económica, Paula Asegurado Rosso.

1º) AYUNTAMIENTO DE MANACOR. Aprobación inicial exp. modific. presupuestaria CE y SC 03/2026. En la Intervención de esta entidad local y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 del Real Decreto 500/1990, y el artículo 179.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, para poder hacer reclamaciones, el expediente de modificación presupuestaria CE y SC 03/2026, aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Manacor en sesión extraordinaria de día 29 de julio de 2026.

Las personas legítimamente interesadas, según lo dispuesto en el artículo 170 del Real Decreto 2/2004 citado, y por los motivos enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los trámites siguientes: a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince (15) días hábiles a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). b) Oficina de presentación: Registro General. c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Manacor. En el supuesto de que no se presente ninguna reclamación, el expediente se considerará definitivamente aprobado.

(15) días hábiles a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). b) Oficina de presentación: Registro General.

2º) Formulada y rendida la Cuenta General de este Ayuntamiento, correspondiente al ejercicio 2025, se expone al público junto con los justificantes y el informe de la Comisión Especial de Cuentas durante quince días. En este plazo se admitirán las reclamaciones y observaciones que puedan formularse por escrito, las cuales serán examinadas por dicha Comisión, que practicará las comprobaciones que crea necesarias, emitiendo nuevo informe antes de someterlas al Pleno del Ayuntamiento para que puedan ser examinadas y, en su caso, aprobadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto 2/2014, de 5 de marzo, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. (Firmado electrónicamente: 30 de julio de 2026). La delegada especial de Promoción Económica, Paula Asegurado Rosso.

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